Actualmente ninguna mipyme o cooperativa no agropecuaria tiene aprobada en su objeto social la actividad de capacitación, por lo que no es lícito ofrecerla de forma remunerada, aclaró el Ministerio de Economía y Planificación de Cuba a través de su cuenta oficial en Telegram.
Según la Agencia Cubana de Noticias, el organismo añadió haber tenido conocimiento sobre formas de gestión no estatal que han solicitado impartir o se encuentran impartiendo cursos, conferencias, seminarios y otros tipos de capacitación, a cambio de una retribución o por contrata acerca de diversas temáticas.
Sin embargo, el Decreto 49/2021, «De las actividades a realizar por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia», así como la legislación referente al sistema de educación cubana, no autorizan el ejercicio privado remunerado de actividades de capacitación.
En caso de implantar un software como capacito al cliente para su utilización?, Gracias y espero respuesta.