Hace algunos días, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Cuba publicó una declaración sobre la neutralización y desarticulación de una red de tráfico de personas que opera desde Rusia para incorporar a ciudadanos cubanos a las fuerzas militares que participan en operaciones bélicas en Ucrania. En este contexto, las autoridades cubanas ofrecen más información sobre los acontecimientos.
El curso de las investigaciones
Especialistas de la Dirección General de Investigación Criminal del Ministerio del Interior informaron que en la actualidad se encuentran detenidas 17 personas relacionadas con esta red delictiva en Cuba. De ellas, tres pertenecían al esquema de reclutamiento dentro de la Isla, dirigido desde el exterior.
Las catorce personas restantes confesaron haberse incorporado por decisión individual y voluntaria a la operación, a cambio de la residencia en el país euroasiático y una sustancial retribución monetaria.
Los organizadores potenciaban la identificación de individuos con antecedentes penales, provenientes de familias disfuncionales, para incorporarnos al sistema mercenario.
Las principales pruebas penales son las confesiones realizadas por los detenidos y las comunicaciones establecidas por la cabecilla a nivel interno de la red delictiva, con el resto de los implicados.
Peso legal de las acciones
El marco legislativo cubano establece sanciones severas para este tipo de delitos, en correspondencia con su gravedad. En primer lugar, se establecen distinciones entre las figuras legales de trata, tráfico y mercenarismo.
El Código Penal vigente establece que el delito de trata de personas se aplica a quien “promueva, organice, incite o ejecute la captación, transportación, traslado, acogida o recepción de personas (…) aprovechándose de una situación de vulnerabilidad de la víctima”, con el uso de coacción, violencia, engaño o soborno.
Por otra parte, el delito de tráfico hace énfasis en la organización o incitación, con ánimo de lucro, de la entrada o salida de personas del territorio nacional, con la finalidad de que estas emigren a otro país.
Es imputable el delito de mercenarismo cuando se realiza la incorporación a formaciones militares o empresas militares privadas, integradas por individuos que no son ciudadanos del Estado en cuyo territorio se proponen actuar, a cambio de obtener el pago de un sueldo, retribución o beneficio personal. Comprende sanciones de privación de libertad de diez a treinta años, privación perpetua de libertad o muerte.
José Luis Reyes Blanco, Fiscal Jefe del Departamento de Supervisión de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República, explicó que durante el avance y la culminación de las investigaciones quedará determinado el delito imputable para cada caso, en correspondencia con las acciones y la voluntad de los involucrados.
Eva Yelina Silva Walker, Directora de Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, ratificó la histórica posición de Cuba contra el mercenarismo, del cual ha sido blanco en varias ocasiones la nación caribeña. Nuestro país suscribe varios tratados internacionales contra este flagelo y ha sido autor de iniciativas aprobadas en la Organización de Naciones Unidas acerca del tema.
Cuba no forma parte del conflicto bélico en Ucrania. Está actuando y actuará de manera enérgica contra quien, desde el territorio nacional, participe en cualquier forma de trata de personas con fines de reclutamiento o mercenarismo para que ciudadanos cubanos hagan uso de las armas contra cualquier país.
En la actualidad continúan las indagaciones de estos acontecimientos lesivos para la seguridad nacional, ajenos a los valores del pueblo cubano.
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