La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) informa que el próximo 31 de marzo culmina el plazo legal establecido para que las personas jurídicas –entidades– presenten la declaración jurada (DJ) del Impuesto sobre Utilidades (ISU).
Desde el portal tributario, en la sección Descargas (https://www.onat.gob.cu/home/modelos-formularios), se facilitó el acceso a los modelos de DJ de Utilidades y sus instrucciones de llenado.
Están disponibles los modelos de DJ Utilidades e Instructivo para Empresas, Sociedades Mercantiles, Mipymes; Cooperativa No Agropecuaria; Cooperativa de Producción Agropecuaria y Unidades Básicas de Producción Cooperativa; además de CCS Granjas y Empresas del Sector Agropecuario Instructivo.
El período de declaración y liquidación del Impuesto sobre Utilidades abarca desde el 1ro de enero hasta el 31 de marzo de cada año, de acuerdo con lo establecido en la Ley No.113 del Sistema Tributario, norma que también dispone las sanciones para las entidades que presenten fuera del término establecido, no lo hagan o subdeclaren.
Cabe destacar que las Mipymes declaran por primera vez en 2023. En específico las que ya disfrutaron del beneficio de la exención por los primeros seis meses o un año en dependencia de si fueron, respectivamente, reconvertidas o de nueva creación.
Aquellas entidades que poseen firma o certificado digital, aclaran desde la ONAT, tienen la posibilidad de enviar la DJ firmada electrónicamente a través del correo de consultas de la oficina tributaria del municipio en el cual están inscritas o entregarlas en dichas dependencias mediante memorias u otros dispositivos USB.
Insisten en que no debe dejarse la declaración y pago para el último día, ya que cualquier dificultad imprevista puede impedir el cumplimiento en tiempo de la obligación y hacer que se incurra en mora y tengan que afrontarse las sanciones previstas para estos casos en la legislación tributaria vigente.
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