Por-. Karina Marrón González
La Habana -. El 4 de abril, cuando la jueza británica Sara Cockerill notificó su decisión sobre la demanda de CRF I Limited contra la República de Cuba y el Banco Nacional de Cuba (BNC), dio un paso favorable a la isla en el proceso que aún continúa.
La magistrada certificó que la Alta Corte de lo Mercantil de Londres no tiene jurisdicción para conocer la demanda establecida por CFR contra el Estado cubano, al no ser acreedor legítimo del crédito declarado, y con ello la República quedó fuera del litigio.
Es una victoria, consideró el ministro de Justicia de la nación caribeña, Oscar Silvera, quien añadió que se perseguía una condena contra el Estado, para obligarlo a sentarse, a negociar, o impedirle el acceso a los flujos financieros internacionales.
“Esa sentencia tendría fuerza ejecutiva y podría aplicarse contra el patrimonio cubano en el exterior, cuentas bancarias, aviones, buques… por eso insistimos en que hay una victoria, porque en ese objetivo, enmarcado dentro de una política agresiva contra Cuba, no tuvieron éxito”, amplió.
Sin embargo, el proceso continúa contra el BNC como entidad comercial bancaria, de ahí que Silvera ratificara que la representación legal procederá a presentar el recurso de apelación correspondiente, el cual debe entregarse antes del 19 de mayo próximo.
Durante tres años hemos defendido la verdad y la razón, apuntó, y con la verdad y la razón seguiremos en este proceso judicial, subrayó.
EL PROCESO POR DENTRO
CRF I Limited, un fondo creado en Islas Caimán que opera como un fondo buitre, estableció en febrero de 2020 una demanda contra el BNC por dos créditos y, sobre esos dos créditos, a la República de Cuba como garante.
Concretamente, se trata de un contrato de depósito a corto plazo de enero de 1984 entre el BNC y el Credit Lyonnais Bank, que ascendía en aquel momento a 11 millones 500 mil euros y los intereses pactados; un préstamo que nunca tuvo garantía soberana, es decir, el Estado cubano jamás accedió a respaldarlo.
El segundo fue un crédito del Instituto Banco Italiano por más de dos millones 900 mil euros, el cual sí tiene garantía soberana, pero nunca fue cedido a CRF, precisó Silvera.
Los créditos fueron asumidos inicialmente con un banco, después transferidos al Standard Bank, que luego fue fusionado con el ICBC, y todas esas operaciones se realizaron correctamente, aseguró el ministro.
En 2019, sin embargo, cuando CRF solicitó al BNC la cesión de la deuda que ellos adquirieron del ICBC, comenzaron las violaciones de los procedimientos establecidos.
Funcionarios de la entidad bancaria cubana, unos por intención y otros por incumplimiento de sus deberes funcionales, accedieron a firmar un documento sin ninguna exigencia legal de las que tiene establecidas el manual, al efecto de la aprobación de una cesión de crédito.
En tal sentido el titular de Justicia mencionó que no se empleó el papel de seguridad que se usa en estos casos y también hubo dificultades en cuanto a las dos firmas exigidas (principal y secundaria), entre otros elementos incumplidos.
El tema fue investigado, se tramitó un asunto penal y, tras cumplir con el debido proceso, en juicio oral y público se dictó sentencia condenatoria, detalló Silvera. Cuatro personas fueron sancionadas: una actuó de manera intencional y el resto incumplió obligaciones.
Aunque obtenido de manera fraudulenta, el documento de aprobación de sesión del crédito abrió el camino a CRF para que, en diciembre de 2019, mandara una carta al entonces presidente del Banco con la exigencia de pagar la deuda o enfrentarse a una demanda.
“Ningún acreedor de buena fe actúa así, se concilia, se negocia, se conoce la posición del deudor”, valoró el ministro cubano.
Mensajes de correo entre directivos del fondo pusieron en evidencia la mala intención de su actuación, pues en ellos hablaban de que como Cuba continuaba intentando recuperarse de los embates del huracán Irma, era el mejor contexto para obligarla a sentarse a negociar o ir a un proceso judicial para lograr una sentencia favorable a sus intereses.
“Ellos pretendían inicialmente que se nos declarara en rebeldía procesal, asumiendo que el país, por sus limitaciones económicas, no tendría posibilidades de contratar abogados en el exterior”, relató Silvera.
La respuesta de Cuba fue contraria a esos planes. Como el sistema judicial británico exige la contratación de una representación legal acreditada allí, la isla buscó los servicios de la letrada Alison Macdonald y sus colaboradores; además, ante el requerimiento de la participación de otro bufete como intermediario, esta fue asumida por el grupo español Uría Menéndez.
Antes, el Ministerio de Justicia de la nación caribeña, en su mandato de asesor jurídico del Estado, creó un grupo de trabajo temporal con la inclusión de especialistas de instituciones como el sistema bancario, el Ministerio de Finanzas y Precios, y profesores universitarios.
Todo ello le proporcionó a Cuba una mayor capacidad de conocimientos y resolutiva para atender todas las demandas del proceso, con el cual cumplió estrictamente cada una de sus obligaciones: acudió a todos los llamados, entregó alrededor de dos mil documentos y acumuló una treintena de tomos vinculados a los tres años de litigio.
En la audiencia efectuada a inicios de febrero de este año presentamos varios testigos, comentó el ministro, unos en Londres y otros desde La Habana, cumpliendo con los requerimientos de la ley.
Entre ellos estuvieron los implicados en los documentos irregulares sobre la cesión de la deuda, quienes expusieron con transparencia lo sucedido y ayudaron mucho a esclarecer la verdad, agregó.
En cambio, CRF actuó de mala fe, dijo Silvera y puso como ejemplo que el día antes de la audiencia los abogados del fondo entregaron 11 mil documentos.
Procuraban que la audiencia se pospusiera por otros seis meses, con el argumento de que la representación cubana pudiera revisar esos nuevos legajos. Mas la parte cubana no accedió y, con el concurso de los abogados británicos, españoles y los nacionales, todos los documentos se revisaron para continuar el proceso.
UNA VICTORIA DE LA VERDAD
La decisión de la jueza británica de dejar fuera del litigio a la República de Cuba fue notificada a ambas partes el 4 de abril de este año y a partir de ese momento se abrió un nuevo escenario.
De acuerdo con el ministro de Justicia de la isla, la representación de CRF puede establecer recursos de apelación, aunque hasta ahora no lo ha anunciado. Mientras, la parte cubana se prepara para impugnar el proceso contra el BNC.
“CRF no es acreedor legítimo de Cuba, no lo era de la República, porque nunca consintió la cesión de su garantía a ese acreedor, y consideramos que no es acreedor legítimo tampoco del BNC, porque el acto donde se acreditó esa cesión es ilícito”, enfatizó.
Silvera explicó que, aun cuando la jueza británica en su sentencia ubicó el consentimiento de la trasmisión del crédito en un correo de junio de 2019 entre CRF y el BNC, esta fue una comunicación inicial, mediante la cual el “nuevo acreedor” se presentaba como tal. Ante ese procedimiento el BNC respondió de forma natural, asumiendo la solicitud y pidiendo a su vez la presentación de los documentos necesarios para buscar información, verificar y finalmente declarar la cesión como válida.
En el caso de la existencia de garantías, además, correspondía darlo a conocer al Ministerio de Finanzas y Precios y, a través de este, al Consejo de Ministros para su aprobación. Este último procedimiento no se cumplió, aseguró el titular.
Aunque no hubiese corrupción involucrada en el modo en que se obtuvo un documento del BNC autorizando la cesión de la deuda, el propio documento y el acto jurídico en sí mismo tienen serias irregularidades, subrayó Silvera.
Al respecto pormenorizó que incumplía las exigencias legales previstas para estos procedimientos, como la presencia de la doble firma establecida y el papel de seguridad que se emplea para acreditar una decisión soberana y correcta de la entidad bancaria.
Añadió, como otro elemento en la argumentación cubana, que hasta 1997 el Banco Nacional de Cuba asumió funciones como Banco Central, de manera que todas las deudas contraídas mientras cumplía ese encargo social deben ser consideradas deudas públicas.
“Cualquier movimiento sobre ese tipo de deuda necesita y requiere autorización del Gobierno”, algo que en el acto de cesión a CRF no se cumplió.
Silvera opinó que el camino que sobreviene tiene muchas variantes procesales que pueden alargar las decisiones.
Las leyes británicas se construyen sobre la experiencia, sobre el actuar de los jueces, y los precedentes son el pilar fundamental, de ahí que sea difícil determinar el tiempo que pueda durar el proceso, detalló.
A pesar de ello, consideró que Cuba ya obtuvo en Londres una victoria, pues apostaron por atacar al Estado, que era la joya de la corona, y no lo lograron. Es un triunfo que hace honor a la verdad y la razón esgrimidas por la isla en el proceso, apuntó.
“No somos triunfalistas, somos optimistas -dijo-, estamos alegres porque hemos obtenido una victoria y tenemos argumentos para seguir buscando la otra”, que es la exclusión del BNC del proceso.
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